SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0084/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0084/2020-S3

Fecha: 16-Mar-2020

2)

2)    Sobre la denuncia de vulneración del derecho al debido proceso de los accionantes en su elemento de juez natural, por no valorar la prueba relativa a la pérdida de competencia de la Jueza ahora coaccionada, los Magistrados hoy accionados en el punto 1 del Considerando IV del AS 882/2018, señalaron que al no haber sido objeto de pronunciamiento en grado de apelación, las referidas pruebas no podían ser evaluadas directamente por el Tribunal Supremo de Justicia, ya que el objeto del recurso de casación es analizar la aplicación del derecho y el error en la apreciación de las pruebas efectuadas por el Tribunal de alzada; de lo contrario, su valoración directa afectaría la labor que concierne a los jueces y tribunales de primera y segunda instancia.

De lo señalado, se evidencia que los Magistrados ahora accionados expresaron las razones por las cuales no podían valorar de forma directa las pruebas mencionadas por los accionantes al ser un Tribunal de casación. Dicha referencia resulta legal, considerando que los Vocales hoy coaccionados descartaron la valoración y análisis de la señalada prueba, debido a que los indicados documentos no eran claros y no cumplían con lo establecido en el art. 1311 del CC. Por consiguiente, se debe denegar la tutela respecto a este punto.