Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0085/2020-RCA
Fecha: 23-Jun-2020
Fragmento 4
Solicitan se conceda la tutela y se disponga: a) Dejar sin efecto el Auto de Vista 207 de 23 de agosto de 2019, emitido por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, ordenando se emita uno nuevo debidamente fundamentado y motivado con un pronunciamiento sobre la revisión de la cosa juzgada aparente por violación de derechos fundamentales, sea a la luz de la Constitución Política del Estado y los Tratados y Convenios Internacionales sobre derechos humanos, desechando los criterios formalistas, restrictivos y extremadamente legalistas; y, b) Se disponga la condenación en costas, daños y perjuicios ocasionados.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- Fragmento 4
- I.4. Resolución de la Sala Constitucional
- por no presentada
- I.5. Síntesis de la impugnación
- I.6. TRÁMITE PROCESAL CONSTITUCIONAL
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- el juez o el tribunal de garantías, al momento de admitir la acción, deberá verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad previstos en el referido art. 33 del CPCo, y ante su incumplimiento dispondrá su subsanación en el plazo de tres días a partir de su notificación, en caso de que se haya cumplido el plazo y la observación efectuada no sea subsanada, se tendrá por no presentada la acción
- II.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- ii)
- v)