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    AUTO CONSTITUCIONAL 0085/2020-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0085/2020-RCA

    Fecha: 23-Jun-2020

    v)

    v)                Considera conculcados los derechos de sus representados al debido proceso en sus elementos a la fundamentación, motivación y congruencia; a la defensa y la a tutela judicial efectiva en sus vertientes “al acceso efectivo de los recursos previstos y el respeto a los precedentes judiciales”, y al principio de interdicción de la arbitrariedad.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.2.
    • Fragmento 4
    • I.4. Resolución de la Sala Constitucional
    • por no presentada
    • I.5. Síntesis de la impugnación
    • I.6. TRÁMITE PROCESAL CONSTITUCIONAL
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • el juez o el tribunal de garantías, al momento de admitir la acción, deberá verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad previstos en el referido art. 33 del CPCo, y ante su incumplimiento dispondrá su subsanación en el plazo de tres días a partir de su notificación, en caso de que se haya cumplido el plazo y la observación efectuada no sea subsanada, se tendrá por no presentada la acción
    • II.3.  Análisis del caso concreto
    • Fragmento 12
    • Fragmento 13
    • ii)
    • v)

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