Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0089/2020-S4
Fecha: 14-Jul-2020
II.3.
II.3. El 23 de febrero de 2018, la ahora accionante formuló acción de amparo constitucional impugnando la Resolución de Proceso Sumario Administrativo 02/18 de 3 de enero de 2018, la cual fue declarada improcedente mediante Resolución de 26 de febrero de 2018, emitida por el Juez Público Civil y Comercial Vigésimo Cuarto del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, argumentando el incumplimiento del principio de subsidiariedad, dado que, contra el fallo impugnado no se interpusieron los recursos de revocatoria y jerárquico (fs. 306 a 315; y, 317 a 320).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos o garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- III.2. Análisis del caso concreto
- denegar
- CONFIRMAR