SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0089/2020-S4
Fecha: 14-Jul-2020
III.2. Análisis del caso concreto
En el caso concreto, la impetrante de tutela denuncia que hubiera lesionado el debido proceso y sus derechos a la defensa y al trabajo, vinculados con el principio de seguridad jurídica, puesto que, la Autoridad Sumariante del Ministerio de Salud habría decidido suspenderla de sus funciones como Gerente General del SINEC, el 6 de diciembre de 2017, con el goce de sus haberes, así como su inhabilitación para el manejo de las cuentas bancarias de la entidad referida, habiendo emitido en ese sentido, el Auto Inicial de Proceso Administrativo 32/2017 de 17 de octubre y las Resoluciones de Procesos Sumarios Administrativos 70/17 de 1 de diciembre de 2017 y 02/18 de 3 de enero de 2018, por las que procedió a destituirla del cargo que venía ocupando en la referida entidad; Resoluciones con las que no habría sido notificada de manera personal, así como otras que también hubiesen sido emitidas por dicha autoridad, lo que hubiera impedido tomar conocimiento de los hechos que le acusaban, y asumir defensa al respecto.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos o garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- III.2. Análisis del caso concreto
- denegar
- CONFIRMAR