Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0172/2020-S3
Fecha: 13-Jul-2020
Como primer agravio
Como primer agravio, demanda que el Juez de la causa incurrió en la inobservancia y errónea interpretación de los requisitos y/o presupuestos contenidos en el parágrafo I del art. 46 de la Ley 348, concibiendo que no se cumplieron los presupuestos legales y procesales para una conciliación, ni los criterios de admisibilidad como ser la reincidencia, el tipo de violencia física y, que el desistimiento y conciliación fueron realizados bajo presión, estando prohibidos en hechos de violencia contra la mujer, más aún cuando estén en estrecha interdependencia o comprometido el derecho a la vida y la integridad sexual y corporal de la víctima, haciendo improcedente la conciliación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- III.1.
- segundo
- entendida en el ámbito procesal como la estricta correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto
- III.2. Revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- verificar si en esa labor no se han quebrantado los principios constitucionales informadores del ordenamiento jurídico
- a menos que pueda constatarse una arbitrariedad manifiesta por parte de la autoridad emplazada que ponga en evidencia la violación de derechos de naturaleza constitucional
- sin que ello implique que este Tribunal no pueda abrir su competencia a fin de verificar si en esa labor interpretativa no se vulneraron derechos fundamentales, esto justamente con el objeto de velar por la vigencia y respeto de los derechos fundamentales y garantías constitucionales, entendida esta como el fin primordial de la justicia constitucional en el marco del control tutelar que ejerce.
- de los marcos de razonabilidad y equidad), una errónea interpretación del Derecho (precisando qué normas legales fueron erróneamente interpretadas y cómo estas interpretaciones vulneran derechos fundamentales de manera puntual y concreta);
- Fragmento 18
- Respecto al
- Como primer agravio
- Como
- Como tercer agravio
- RECHAZA POR INADMISIBLE
- la concordancia del contenido de la resolución, entre lo pedido, lo considerado y lo resuelto
- Ante la denuncia del
- REVOCAR en parte