SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0176/2020-S3
Fecha: 13-Jul-2020
II.1.
II.1. Mediante Nota PRESIDENCIA ADM. FINAN. CITE 141/2018 de 8 de noviembre, Pedro Susz Khol, Presidente del Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz -ahora tercero interesado-, solicitó al Director Administrativo Financiero de esa instancia, la incorporación de Yanett Burgoa Canido -hoy accionante-, al puesto de “Asistente G” con un nivel salarial de Bs4506.- (cuatro mil quinientos seis bolivianos), dependiente de la Presidencia del mencionado Concejo Municipal (fs. 109); motivo por el cual, el referido Director Administrativo Financiero emitió el Memorando CM.DAF.URH/572/2018 de 12 de noviembre, designándola “…como servidora pública de Libre Nombramiento y de Apoyo Estratégico, en el cargo de ‘ASISTENTE G”’, con un nivel salarial correspondiente a “…COD 417 - COD NIVEL D14 (Bs. 4.506.-)” (sic [fs. 37]).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- COD 417-COD NIVEL D14 (BS 4.506.-)
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17