SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0176/2020-S3
Fecha: 13-Jul-2020
II.2.
II.2. Por Memorando CM.DAF.URH/589/2018 de 17 de diciembre, suscrito por Claudia Pamela Morales Capellino, Directora Administrativa Financiera a.i. del Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz dirigido a la hoy accionante, se señaló que: “En virtud a la Ley Municipal Autonómica N° 320/2018 de 6 de septiembre de 2018 cuyo Artículo primero que aprueba la Estructura Organizacional, el Manual de Organizaciones y Funciones y el Plan de Personal del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz previsto para la gestión 2019…” (sic), fue designada a partir del 1 de enero de 2019, con el ítem 3178, con el nivel salarial 417-D14 de Bs4506.-, en el cargo de “Asistente G”, para cumplir funciones en la Presidencia del citado Concejo Municipal (fs. 38).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- COD 417-COD NIVEL D14 (BS 4.506.-)
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17