Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0196/2020-S1
Fecha: 29-Jul-2020
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
Denuncia la lesión de su derecho a la vida, a la integridad física y a la salud, citando al efecto los arts. 15.I, 24, 67.I y 115.I de la Constitución Política del Estado (CPE); 3 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH); y, 4.1 y 5.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- i)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- denegó
- I.3. Trámite en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica, ámbito de protección y presupuestos de activación de la acción de libertad. Jurisprudencia reiterada
- III.2. Hechos controvertidos en la acción de libertad
- en el caso de acciones de tutela en las que se denuncien amenazas contra el derecho a la vida, las mismas deben ser ciertas y de inminente realización, no pudiendo basarse en hechos subjetivos, sino que deberán ser apreciadas de forma integral en elementos de juicio objetivos que permitan verificar, se reitera, que las amenazas demandadas son reales y que el peligro al que se pone al actor es grave
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA