SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0228/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0228/2020-S3

Fecha: 13-Jul-2020

II.6.

II.6.    Mediante memorial presentado el 24 de abril de 2018, el accionante denunció ante la Jefatura Departamental de Santa Cruz del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social la vulneración de sus derechos por parte del Rector y del Decano de la Facultad de Auditoría Financiera o Contaduría Pública, ambos de la UAGRM, y solicitó la devolución de la cátedra en la materia de Metodología de la Investigación con cuarenta y ocho horas más el pago pendiente a partir de la Resolución emitida por el Juez de garantías, manifestando lo siguiente: i) El segundo semestre de 2016, fue desprogramado de la citada materia junto a diecisiete docentes, quienes también presentaron su denuncia ante la mencionada Jefatura Departamental y ante la jurisdicción constitucional, logrando la restitución de sus horas desprogramadas; ii) Considerando que la vulneración de sus derechos persistía, se dirigió ante el Vicerrector de la UAGRM apelando al efecto vinculante de la Resolución emitida por el Juez de garantías en favor de sus colegas, logrando de esa manera la restitución a la mencionada materia y el pago de salarios devengados; iii) A partir del mes de abril de 2017, se le redujo su carga horaria en la indicada materia, de cuarenta y ocho a cuatro horas, disminuyendo nuevamente su sueldo; situación que se mantuvo durante el segundo semestre de ese año; y, iv) El primer semestre de 2018, nuevamente fue desprogramado de la materia en cuestión y borrado de la lista de docentes de la señalada Facultad (fs. 501 a 521).