Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0233/2020-S3
Fecha: 13-Jul-2020
I.2.1.
El peticionante de tutela, ratificó in extenso los argumentos expuestos en su memorial de acción de libertad, y ampliándolos en audiencia señaló que, cuando lo detuvieron se encontraba con sus dos hijas, quienes pensaron lo peor, y como era día de las elecciones llamó a su esposa para que pueda hacer algo, pero no se pudo; sin embargo, al día siguiente su madre procedió a la cancelación de la suma adeudada, siendo que es una persona de escasos recursos, “…y a la fecha ya me encuentro en libertad” (sic).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1.
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- el recurso sea dirigido contra el sujeto que cometió el acto ilegal o la omisión indebida, o contra la autoridad que impartió o ejecutó la orden que dio lugar a la persecución, aprehensión, detención, procesamiento o apresamiento indebidos o ilegales
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR