Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0233/2020-S3
Fecha: 13-Jul-2020
II.3.
II.3. Por escrito de 21 de octubre de 2019, el impetrante de tutela reiteró su solicitud de emisión de mandamiento de libertad al Juez a quo, señalando que ya canceló la suma adeudada; empero, se lo pretendía trasladar al departamento de Chuquisaca, cuando el radica en la ciudad de Cobija, siendo que ya cumplió con su obligación por concepto de asistencia familiar (fs. 4).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1.
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- el recurso sea dirigido contra el sujeto que cometió el acto ilegal o la omisión indebida, o contra la autoridad que impartió o ejecutó la orden que dio lugar a la persecución, aprehensión, detención, procesamiento o apresamiento indebidos o ilegales
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR