SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0264/2020-S4
Fecha: 27-Jul-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes, Los accionantes señalan como lesionados sus derechos al debido proceso en su elemento de debida fundamentación, motivación y congruencia; a la propiedad privada y derechos de las personas adultas mayores, en relación al principio del vivir bien; toda vez que, la Fiscal Departamental de Potosí –hoy demandada–, al confirmar la Resolución de rechazo de la denuncia, emitió una Resolución Jerárquica carente de fundamentación y motivación por ser una copia literal de la resolución impugnada cuyos argumentos reitera sin realizar una revisión y valoración integral de la prueba documental que acredita su derecho propietario cuya eficacia jurídica desconoce; asimismo es incongruente al no pronunciarse sobre los agravios expuestos en la objeción y omite ponderar sus derechos como adultos mayores al no aplicar en su favor un “Debido Proceso Reforzado”.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- toda decisión emitida dentro de un proceso penal que no implique cuestión de mero trámite sino que concierna al fondo de lo que se investiga debe ser necesariamente motivada o lo que es lo mismo, debidamente fundamentada, lo que significa, que tanto el fiscal o los jueces que conozcan el proceso, sea en control jurisdiccional o para resolver el fondo, deberán dictar sus requerimientos o resoluciones cumpliendo las exigencias de la estructura de forma como de contenido de las mismas.
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- ii)
- iii)
- REVOCAR en parte