SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0271/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0271/2020-S3

Fecha: 14-Jul-2020

II.3.

II.3.  Por memoriales de 7 de febrero de 2019, bajo la suma “PURGA COSTAS EN REBELDIA”, los peticionantes de tutela, argumentaron comparecer al proceso conforme dispone el art. 91 del CPP, solicitando dejar sin efecto su declaratoria de rebeldía y cualquier otra medida impuesta como el mandamiento de aprehensión; mereciendo los Autos de la misma fecha, en el que las autoridades judiciales sostuvieron -respecto de Eduardo Mérida Balderrama-, que la interposición de una acción de libertad no constituía impedimento para su presentación; y que sobre los argumentos de salud
-respecto de ambos acusados- no acreditaron dicho extremo; por lo que, en aplicación del art. 91 del citado adjetivo penal, los condenó en costas; señalando posteriormente audiencia de aplicación de medidas cautelares para el 8 de febrero de 2019, oportunidad en la que se “…procederá a levantar las medidas impuestas…” (sic [fs. 22 a 25]).