Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0272/2020-S4
Fecha: 27-Jul-2020
II.8.
II.8. Cursa Auto de Conminatoria de 20 de febrero de 2018, emitido por el Juez de Instrucción Penal Cuarto de El Alto del departamento de La Paz, por el que conminó al Fiscal Departamental de La Paz, para que en el plazo de cinco días, el Fiscal asignado al caso, presente alguno de los requerimientos consignados en el art. 301 del CPP, con el objeto de poner fin a la etapa preliminar del proceso penal instaurado contra Hebe Gladys Aranda de Martínez y otros, por la presunta comisión del delito de estelionato, (fs. 265).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión,
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional,
- Fragmento 19
- REVOCAR