SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0280/2020-S3
Fecha: 14-Jul-2020
concedió
La Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Resolución 138/19 de 3 de septiembre de 2019, cursante de fs. 538 a 544, concedió la tutela solicitada disponiendo el cumplimiento de la Conminatoria de Reincorporación Laboral JDTSC/CONM 040/2019 de 14 de junio, sin costas, bajo los siguientes fundamentos: i) Sobre la legitimación activa, los accionantes actuaron a título personal a través de sus apoderados legales, y no así por intermedio de su sindicato de trabajadores; ii) La legitimación pasiva radica en la autoridad llamada por ley para hacer cumplir la Conminatoria de Reincorporación Laboral, encontrándose presentes en audiencia los representantes legales de las autoridades hoy accionadas; iii) De acuerdo con la SCP 0376/2019-S4 de 18 de junio, no es preciso notificar como tercero interesado al Jefe Departamental de Santa Cruz del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social ni a otras autoridades de la entidad municipal ahora accionada; iv) No se canceló a los accionantes la respectiva liquidación por conclusión de su relación laboral; y, v) Conforme al Informe MTEPS-JDT SC-I-VER-REINC-LAB-MVPI-070/19 de 11 de julio de 2019, la citada Conminatoria de Reincorporación Laboral no fue cumplida; correspondiendo en consecuencia, aplicar el estándar más alto de protección.
- Alen Dany Blanco Peña
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La conminatoria de reincorporación laboral y los límites para su cumplimiento. Jurisprudencia reiterada
- se puede disponer a través de la acción de amparo constitucional el cumplimiento de la conminatoria de reincorporación laboral cuando en sus fundamentos resulte jurídicamente razonable entendiendo bajo el principio de razonabilidad el uso de la razón que debe primar en los fundamentos de la Conminatoria de reincorporación; lo que nos lleva a determinar en cada caso concreto comprobar la oportunidad y eficacia de la misma y sin que se afecten o desconozcan determinaciones legales que hacen a su cumplimiento razonado
- los prepuestos que limitan su cumplimiento están circunscritos dentro del catálogo de protección de la Ley General del Trabajo y la normativa complementaria, es decir, la naturaleza jurídica de la relación laboral
- cuando al expedirse la conminatoria de reincorporación no se haya considerado u observado situaciones que bajo la normativa legal vigente imposibilitan la continuidad de la relación laboral, así por ejemplo cuando se trate de la finalización de un contrato de trabajo a plazo fijo
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- en calidad de funcionarios
- Fragmento 20
- se anulará obrados siempre y cuando sea previsible la afectación o alteración de la situación jurídica del tercero interesado
- Fragmento 22