SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0312/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0312/2020-S3

Fecha: 15-Jul-2020

Fragmento 23

Teniendo en cuenta la denuncia realizada por el accionante, relacionada a la falta de motivación y congruencia de la Resolución Fiscal Departamental MSP 196/19, es necesario señalar que con relación a esos elementos del debido proceso, la jurisprudencia citada en los Fundamentos Jurídicos III.1. y III.2. del presente fallo constitucional estableció que la motivación de las resoluciones implica que estas contengan las razones que sustentan la decisión asumida, expuestas de manera clara y concisa; debiéndose expresar las convicciones determinativas, los argumentos y los motivos que justifiquen su decisión, basada en los hechos y las normas que sustentan la parte dispositiva de su fallo. Exigencia que debe observarse en las Resoluciones del Ministerio Público cuando resuelvan la situación jurídica de una persona a la que se le atribuya la comisión de un hecho delictivo; instancia que además deberá tener en cuenta todos los elementos probatorios colectados, valorando la información que extrae de cada uno de ellos, cuya apreciación debe estar acorde con las reglas de la sana crítica; vale decir, no debe contradecir las reglas de la lógica, las máximas de la experiencia o los conocimientos científicos que necesariamente deben estar plasmados en la resolución a través de una debida motivación.