SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0321/2020-S4
Fecha: 29-Jul-2020
a)
Solicitó se conceda la tutela impetrada; y en consecuencia, se restituya el pleno ejercicio de sus derechos constitucionales, disponiendo: a) La nulidad de obrados del proceso civil sobre mejor derecho de propiedad, reivindicación y cancelación de inscripción en DD.RR. hasta fs. 42 donde cursa el Auto de admisión del proceso de referencia y se la incluya para que haga valer sus derechos; y, b) Se ordene que la Jueza demandada, restituya el inmueble a su persona, debiendo quedar nulo el mandamiento de desapoderamiento y se proceda al inmediato desalojo de su ilegal ocupante, por no existir otro medio o recurso para la protección inmediata de su derecho propietario; correspondiendo considerarse al efecto, la excepción al principio de subsidiariedad así como el daño y perjuicio irremediable e irreparable.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la improcedencia de la acción de amparo constitucional cuando opera la subsidiariedad y supuestos que posibilitan el amparo directo. Jurisprudencia reiterada
- las autoridades judiciales
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR