Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0348/2020-S3
Fecha: 20-Jul-2020
acción de libertad
En revisión la Resolución 02/2019 de 30 de noviembre, cursante de fs. 25 a 28, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Fabricio Flores Márquez en representación sin mandato de Jovanna Maldonado Villarroel contra Salomé Guzmán Terán y Richard Cruz Vargas, Jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia Penal Segundo de Quillacollo del departamento de Cochabamba.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 3)
- Respecto a esta última -la ahora acción de libertad traslativa o de pronto despacho-, el Tribunal Constitucional Plurinacional a través de la SCP 0011/2014 de 3 de enero, se pronunció señalando que esta:
- III.2. La dilación en la remisión del recurso de apelación contra las resoluciones de medidas cautelares
- excepcionalmente es posible prolongar el plazo de remisión del recurso de apelación y sus antecedentes hasta un plazo adicional de tres días, cuando exista una justificación razonable y fundada sobre las recargadas labores de la autoridad judicial, suplencias o pluralidad de imputados
- III.3. Análisis del caso concreto
- justificación razonable y fundada, como ser las recargadas labores, suplencias, pluralidad de imputados, etc., casos en los que, la jurisprudencia otorgó un plazo adicional que no puede exceder de tres días
- CONFIRMAR