Sentencia Constitucional Plurinacional 0021/2020
Fecha: 24-Ago-2020
competente
El suscrito Magistrado, manifiesta su conformidad con la decisión asumida por el Pleno de este Tribunal en la SCP 0021/2020 de 24 de agosto, de declarar competente a las autoridades que administran justicia en la Comunidad Yumani Isla del Sol, de la primera sección de la provincia Manco Kapac del departamento de La Paz, para conocer y resolver el conflicto entre sus comunarios Francisco y Sebastián, ambos Callisaya Pardo, y Marianela Catalina Antezana Guzmán; no obstante, hace conocer su desacuerdo con la determinación de concurrencia del ámbito de vigencia material, entre otros fundamentos “… por concernir a la jurisdicción IOC, el conocimiento y resolución de los asuntos que ancestralmente fueron de su jurisdicción, como lo es la restitución de la convivencia pacífica entre sus miembros” (las negrillas nos corresponden); ello, de conformidad a los fundamentos jurídico-constitucionales que serán desarrollados a continuación.
- competente
- material
- en lo que respecta al elemento material
- más aún, si se toma como antecedente, el Compromiso Reactualizado de 16 de mayo de 2007
- II. FUNDAMENTOS DE VOTO ACLARATORIO
- se aplica a las relaciones y hechos jurídicos que se realizan o cuyos efectos se producen dentro de la jurisdicción de un pueblo indígena originario campesino
- porque constituyen elementos que determinan la competencia de dicha jurisdicción
- para dirimir la controversia competencial suscitada entre las jurisdicciones IOC y la ordinaria, cobra singular importancia la concurrencia sinérgica de los ámbitos de vigencia personal, material y territorial; es decir, la falta de uno de estos elementos, hace que la jurisdicción IOC sea incompetente para el conocimiento y resolución de la causa
- Fragmento 9
- los asuntos que ancestralmente fueron de su jurisdicción, como lo es la restitución de la convivencia pacífica entre sus miembros
- Aclaración de Voto
- MAGISTRADO