Sentencia Constitucional Plurinacional 0021/2020
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional Plurinacional 0021/2020

Fecha: 24-Ago-2020

Fragmento 9

Bajo tales fundamentos jurídicos-constitucionales, es que el suscrito Magistrado considera que, el análisis de la concurrencia del ámbito de vigencia material en el caso en cuestión, debió limitarse a verificar si los hechos que dieron origen al proceso penal sustanciado en la jurisdicción ordinaria calificados en ésta como presuntos delitos de perturbación de posesión, despojo, abuso de confianza y daño simple, se encontraban o no en las exclusiones previstas por el art. 10.II.inc. a) de la LDJ; sin considerar como “otro” elemento determinante, el Compromiso Reactualizado de 16 de mayo de 2007[1]; en cuyo mérito, la Sala Plena de este Tribunal, se decantó por determinar la concurrencia del aludido ámbito, por corresponder a la jurisdicción IOC, el conocimiento y resolución de asuntos vinculados a la restitución de la convivencia pacífica entre sus miembros.