Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0294/2020-S2
Fecha: 04-Ago-2020
II.3.
II.3. El 20 de mayo de 2019, dentro de la mencionada acción penal, el accionante por memorial solicitó corrección de procedimiento, en alusión a la adhesión a la acusación fiscal y ofrecimiento de pruebas formulado por Galo Burgos Ortega en representación sin mandato de su madre Doris Ortega Vilca Vda. de Burgos, víctima y denunciante en la causa, pidiendo tener por no presentada la acusación de una persona que no goza de legitimidad pasiva en condición de víctima, al no tratarse de un delito que tenga como resultado la muerte y no haberse acreditado ningún impedimento en la supuesta víctima (fs. 80 a 81 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la aplicación del principio de subsidiariedad vía acción de amparo constitucional
- a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
- III.2. Falta de relevancia constitucional
- no tiene relevancia constitucional cuando la resolución de fondo que la jurisdicción ordinaria emitió no vaya a ser modificada o de resultado diferente
- III.3. Análisis del caso concreto
- recursos de manera incorrecta
- REVOCAR