SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0313/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0313/2020-S2

Fecha: 04-Ago-2020

Fragmento 7

Danny Daniel Caro Mamani, mediante informe escrito de 29 de julio de 2019, cursante de fs. 50 a 54, y en audiencia a través de su abogado, solicitó se deniegue la tutela, en virtud a los siguientes argumentos: i) Respecto a la supuesta falta de motivación y congruencia de la Resolución Final de Primera Instancia RESF-CSOM-SD 002/2019, no es evidente pues de su lectura se advierte que en su estructura consigna los antecedentes de relevancia en sus Considerandos II, III y IV y la fundamentación en la que en forma congruente, clara y precisa explica cómo el Notario de Fe Pública, cometió la falta grave prevista en el art. 105.e y falta gravísima establecida en el art. 106.f, ambas de la LNP; ii) En cuanto a la fundamentación, argumentación y congruencia de la Resolución Disciplinaria de Segunda Instancia DIRNOPLU 036/2019, se advierte que en el Considerando III, realizó la valoración relativa a que la Sentencia de Primera Instancia, cuenta con la debida fundamentación y luego de una valoración, concluye confirmando la Resolución apelada y de manera fundamentada respondió cada uno de los puntos apelados, sin que hubiere vulnerado ningún derecho y garantía constitucional, menos el derecho a la defensa en su vertiente fundamentación; y, iii) Sobre el rechazo de la complementación y enmienda solicitada por el accionante, fue declarada “no haber lugar”, porque los argumentos expuestos estaban referidos a aspectos de fondo y no formales.