SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0313/2020-S2
Fecha: 04-Ago-2020
i)
El Director Nacional a.i. de DIRNOPLU, al asumir conocimiento del recurso de apelación, pronunció la Resolución Disciplinaria de Segunda Instancia DIRNOPLU 036/2019, estableciendo como agravios los siguientes: i) Existe un vacío legal en la Resolución considerando que no llegó a ocultar, menos transgredió la norma legal señalada, no indica de qué manera, cuál es el motivo o el interés supuestamente habría llegado a modificar las minutas, así como los libros protocolares, extremo no analizado; ii) La Autoridad Sumariante se olvidó de la prescripción del supuesto ilícito; puesto que, el art. 108 de la LNP es claro al establecer que: “La acción disciplinaria notarial prescribe por faltas leves a un (1) año, por faltas graves a dos (2) años y por faltas gravísimas a tres (3) años, computables a partir del día de la comisión de la falta o desde el día que cesó su consumación”, y en su caso, el testimonio que se realizó el 24 de junio de 2015 y la denuncia en su contra fue presentada el 30 de enero de 2019; es decir, cuando transcurrieron más de tres años y siete meses, por lo que al presente no existe ilícito que investigar, menos que sancionar; iii) No se tomó en cuenta la prueba documental que se presentó en la etapa que llegó a transcurrir el trámite sumarial; y iv) No se consideró la prueba testifical de cargo que presentó de Pedro Cancio Flores Mamani, ofertado por el denunciante, donde se evidencia que el testigo propuesto resultó ser el representante legal de la empresa “TRANIF S.R.L.”.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- Fragmento 5
- : 1)
- Fragmento 7
- denegó
- 1.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- [1]
- [3]
- [6]
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- i)
- a)
- Fragmento 20
- MAGISTRADA
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)