SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0320/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0320/2020-S2

Fecha: 04-Ago-2020

al segundo presupuesto

Respecto al segundo presupuesto, referido a la acreditación de la titularidad o dominialidad del bien en relación al cual se ejerció vías de hecho; este aspecto ha sido demostrado en el caso que se examina por parte de los accionantes a través del Folio Real con Matrícula 8.01.1.01.0023392 de 4 de septiembre de 2019, el mismo que establece el registro de un lote de terreno ubicado en la urbanización “María Jesús”, zona norte, provincia Cercado, primera, municipio de Trinidad del departamento de Beni, con una superficie de 72878 27 m2, donde se consigna como titulares sobre el dominio del aludido predio en el asiento número uno a los prenombrados (Conclusión II.2); titularidad que también se demuestra por medio del formulario de transmisión gratuita de bienes, conforme se tiene glosado en la Conclusión II.3 de este fallo constitucional.

En consecuencia, se ha demostrado que el demandado junto a otras personas no identificadas, incurrieron en medidas de hecho en el predio de propiedad de los accionantes, al haberse acreditado los dos presupuestos establecidos por la jurisprudencia constitucional glosada precedentemente, aplicándose al presente caso la flexibilización excepcional de la legitimación pasiva con relación a las demás personas que no fueron expresamente demandadas e intervinieron en los hechos denunciados, al no ser posible su identificación, al tratarse de medidas de hecho; actos contrarios a los postulados del Estado Constitucional de Derecho, realizados al margen de los mecanismos legales vigentes; en tal virtud, se evidenció la vulneración del derecho a la propiedad privada expresada en el Fundamento Jurídico III.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, haciendo viable la tutela que brinda esta acción tutelar.