Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0322/2020-S2
Fecha: 04-Ago-2020
II.2.
II.2. A través de la Resolución Administrativa Disciplinaria 06/2019 de 15 de febrero, el Juez Disciplinario Primero de la Oficina Departamental de Potosí del Consejo de la Magistratura, declaró probada en parte la denuncia “…cursante a fs. 57 a 59 y Vta., de obrados, en virtud del Art. 198.I.1) de la Ley 025 (L.O.J.), en concordancia con el Art. 84 parág. II) Inc. 1) del Acuerdo N° 20/2018 que fuera impetrada en contra de la ABG. LUZ MARIA VICUÑA ENCINAS ‘JUEZ TECNICO DEL TRIBUNAL DE SENTENCIA N° 1 DE ESTA CAPITAL’…” (sic) y en consecuencia determinó sancionarla con la suspensión de sus funciones de dos meses sin goce de haberes (fs. 4 a 13 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- Fragmento 6
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- III.1. Respecto a la ejecución de sanciones disciplinarias en caso de designación de nuevas funciones
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- ABG. LUZ MARIA VICUÑA ENCINAS
- Fragmento 23
- REVOCAR