SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0350/2020-S2
Fecha: 19-Ago-2020
se trata de una pretensión
Ahora bien, en razón a la naturaleza de la solicitud planteada en los tres memoriales precitados cuya respuesta se extraña, se trata de una pretensión de ejecutar la Sentencia pronunciada en el proceso ordinario por rendición de cuentas, seguido por Clínica Internacional de Alta Especialidad Udabol S.A. -ahora impetrante de tutela- contra Jorge Alejandro Paz Vargas; y, asumir medidas cautelares en etapa de ejecución; consecuentemente, no se trata de peticiones autónomas al ser evidente que no pueden ser resueltas independientemente del proceso dentro del cual fueron planteadas. Bajo tales razonamientos, la ejecución de sentencias e imposición de medidas cautelares en materia civil no queda librada a la voluntad de las partes o del administrador de justicia; sino que se circunscribe a los artículos pertinentes del Código Procesal Civil (Títulos II Proceso Cautelar y V Procesos de Ejecución, Capítulo Primero Ejecución de Sentencias). Consecuentemente, tanto la ejecución de las sentencias como la imposición, remoción y modificación de medidas cautelares, se encuentran reguladas por Ley, respecto a su forma de tramitación, efectos, plazos, etc.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- claramente una diferenciación entre el derecho de petición y la pretensión que puede contener una demanda o un recurso
- dentro de un proceso sea administrativo o judicial
- dentro de un proceso judicial
- corresponde a la autoridad competente
- la tutela del derecho a la petición
- pretensión reglada
- III.2. Del derecho a la jurisdicción o acceso a la justicia
- dos derechos humanos
- 1) El acceso propiamente dicho a la jurisdicción
- se desconoce y vulnera el derecho de acceso a la justicia o tutela judicial efectiva
- III.3. Análisis del caso concreto
- se trata de una pretensión
- pretensiones regladas
- propias de la actividad jurisdiccional reglada
- Respecto al derecho a la tutela judicial o acceso a la justicia
- la ejecución de la Sentencia 31
- CONFIRMAR en parte
- derecho de acceso a la justicia, también denominado por la doctrina española como derecho a la tutela judicial efectiva, implica la posibilidad de toda persona, independientemente de su condición económica, social o de cualquier otra naturaleza, de acudir ante los tribunales para formular pretensiones o defenderse de ellas, de obtener un fallo de esos tribunales y, que la Resolución pronunciada sea cumplida y ejecutada