SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0355/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0355/2020-S2

Fecha: 19-Ago-2020

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

La accionante a través de su abogado en audiencia ratificó lo aseverado en su memorial de acción de amparo constitucional, destacando que: La Jueza a cargo del proceso en la Resolución emitida en primera instancia desestimó su demanda reconvencional y no se pronunció sobre las pretensiones descritas en la misma, aduciendo que no se habría dado cumplimiento a las observaciones efectuadas por dicha autoridad; de igual forma, los Vocales demandados en el Auto de Vista pronunciado en apelación, no realizaron una adecuada fundamentación sobre todos y cada uno de los agravios expuestos en su recurso de apelación, relativo a que debe considerarse en el acervo hereditario del de cujus no sólo los bienes inmuebles nombrados en la demanda principal, sino también los frutos civiles que éstos generan y aquellos bienes que fueron otorgados con anterioridad a algunos herederos, en anticipo de legítima, como el concedido en favor de Miguel Ángel Cueto Gonzales de $us140 999.-(ciento cuarenta mil novecientos noventa y nueve dólares estadounidenses) y otros que han sido reconocidos en un acta suscrita por los hermanos, además de los dividendos de la sociedad comercial Inversiones MANOR Bolivia "IMB" S.R.L.