Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0475/2020-S3
Fecha: 27-Ago-2020
II.1.
II.1. Cursa Resolución 443/2019 de 9 de julio, emitida por el Juez de Instrucción Penal Segundo de la Capital del departamento de Oruro, por la cual, la autoridad jurisdiccional prenombrada, determina declarar “SIN LUGAR e IMPROCEDENTE” (sic) la solicitud de aplicar la medida extrema de detención preventiva en contra de Edmundo Pantoja Padilla -ahora tercero interesado-; disponiendo en su mérito la libertad pura y simple, ameritando que el ahora peticionante de tutela pida complementación, lo cual, fue denegado por el Juez a quo, recurriendo por ello en apelación ante el Tribunal de Alzada (fs.13 a 17 vta.)
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2
- II.3.
- II
- verificar si en esa labor no se han quebrantado los principios
- cuando una actuación judicial contiene una decisión arbitraria, con evidente repercusión en el proceso, en perjuicio de los derechos fundamentales de una de las partes, pueden ser susceptibles de controversia en sede de tutela
- a menos que pueda constatarse una arbitrariedad manifiesta por parte de la autoridad emplazada que ponga en evidencia la violación de derechos de naturaleza constitucional
- Del cual
- III.2. Análisis del caso concreto
- no puede considerarse 'un tercero interesado', porque 'sus intereses' no están al margen del colectivo social.
- CONFIRMAR
- 2º EXHORTA