SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0481/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0481/2020-S3

Fecha: 27-Ago-2020

denegó

La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 123 de 9 de octubre de 2019, cursante de fs. 54 vta., a 56, denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: 1) La acción de amparo constitucional no se puede considerar como un recurso de impugnación o casacional; puesto que, su naturaleza responde a la identificación de derechos vulnerados, su resguardo y restitución; en ese sentido, los argumentos presentados en esta acción tutelar carece de criterio constitucional y se encuentra direccionada a que se realice una nueva valoración de los hechos y en consecuencia de las pruebas; lo cual, significa una interpretación de la legalidad ordinaria donde si bien existen excepciones para realizar esta labor, las mismas deben ser analizadas bajo el cumplimiento de presupuestos establecidos en la modulación de la jurisprudencia constitucional; y, 2) Existe ausencia de carga argumentativa; toda vez que, la impetrante de tutela no expuso que parte de la resolución impugnada carece de motivación; porqué se debe examinar que los razonamientos expuestos al momento de referirse a la extinción por duración máxima del proceso es insuficiente; que tipo de valoración se debió realizar sobre lo expresado en el referido incidente de extinción; cuáles son las pruebas o en su defecto que elementos debió valorar el Tribunal de apelación en la auditoría jurídica.