SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0381/2020-S2
Fecha: 03-Sep-2020
III.3. Otras consideraciones
De la revisión de la documentación que conforma el expediente, se advierte la inobservancia por parte del Juez Público Civil, Comercial y de Familia Cuarto de Riberalta del departamento de Beni, del plazo establecido en el art. 38 del CPCo, que establece que la resolución y antecedentes de la acción de defensa se elevará de oficio, en revisión ante el Tribunal Constitucional Plurinacional en el plazo de veinticuatro horas siguientes a la emisión de la Resolución; puesto que, la Resolución 03/2019 del Juez de garantías fue emitida el 11 de octubre de 2019 y remitida ante este órgano especializado de control de constitucionalidad recién el 11 de noviembre del mismo año - conforme acredita la constancia del courrier (fs. 128)-; razón por la cual corresponde exhortar al Juez Público Civil, Comercial y de Familia Cuarto de Riberalta del departamento de Beni, para que en futuras actuaciones cumpla con los plazos procesales constitucionales.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II
- en los casos vinculados a los despidos injustificados e intempestivos, cuando el trabajador cesado, solicita su reincorporación habiendo optado previamente por el cobro de sus beneficios sociales, incurre en una pretensión que no puede ser amparada por la justicia constitucional; toda vez que, al haber optado por el pago de sus beneficios, se tiene que tácitamente se encuentra de acuerdo con su desvinculación laboral
- Siendo el propio art. 10 del DS 28699, el que confiere a los trabajadores ambas alternativas: a) Solicitar el pago de sus beneficios sociales, dando por terminada la relación laboral una vez efectuado el cobro de los mismos; ó, b) Solicitar su reincorporación. Siendo excluyente una de la otra’.
- si la trabajadora o el trabajador opta por el pago de sus beneficios sociales, se entiende que está de acuerdo con su desvinculación laboral
- III.2.
- III.3. Otras consideraciones