SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0420/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0420/2020-S4

Fecha: 09-Sep-2020

Auto 173/2019

Sin embargo, en la fundamentación que siguió a esa aclaración, no se advierte que los Vocales hubiesen fundamentado su decisión de mantener el riesgo de fuga previsto en el art. 234.10 del Código adjetivo penal, en elementos verificables u objetivos, por cuanto únicamente se refirieron a que el Juez consideró la conducta desplegada por el imputado, en razón a la existencia de varias víctimas que hubiesen sido sonsacadas respecto a su patrimonio, conducta por la que se puede considerar que cualquier miembro de la sociedad puede ser víctima, sin explicar de qué modo la sociedad en su conjunto estaría en peligro por la sola conducta del imputado ni mucho menos identificar elemento probatorio alguno que les hubiese llevado a asumir tal postulación, extremo que tampoco puede extractarse de la fundamentación del riesgo procesal en estudio contenido en el Auto 173/2019, pronunciado por el que el Juez de Instrucción Penal Cuarto del departamento de Tarija (Conclusión II.1), analizado por las Vocales demandados en virtud al recurso de apelación incidental, por cuanto la mencionada autoridad basó su decisión de dar por concurrente el peligro del art. 234.10 del CPP en vinculación con el peligro efectivo “para las víctimas”, no así para la sociedad, como determinó el Tribunal de apelación.