SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0420/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0420/2020-S4

Fecha: 09-Sep-2020

cuarta problemática

Por último, se tiene que en la cuarta problemática identificada, el accionante denuncia la lesión de sus derechos, en virtud a que en el Auto de Vista cuestionado, de manera oficiosa las autoridades demandadas aportaron al fundamento del Juez inferior un nuevo elemento referido a atribuirle las supuestas suspensiones de algunas audiencias como motivo para imponer medidas cautelares, extremo que nunca fue alegado ni discutido en la audiencia de medidas cautelares; en consecuencia, actuaron en perjuicio suyo utilizando el recurso de apelación que planteó.

           Sobre ello, se advierte que efectivamente los miembros del Tribunal de apelación, afirmaron que desde el inicio de la investigación, mayo de 2019 hasta la fecha de la resolución de alzada, se debían tomar en cuenta las audiencias que se suspendieron, justamente a causa de parte imputada, extremos que se hubiesen considerado y que, por el principio de proporcionalidad no se hubiese aplicado la detención preventiva al imputado; sin embargo, si bien las autoridades de apelación a tiempo de revisar la decisión de imposición de una medida cautelar del inferior, están en la obligación de fundamentar su decisión conforme a la revisión de antecedentes procesales y a los elementos probatorios aportados por las partes, esto no implica el desconocimiento de parte de los Tribunales de apelación de fundamentar sus decisiones de manera razonable y suficiente, como se estableció en el Fundamento Jurídico III.1 del presente fallo constitucional.