SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0422/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0422/2020-S4

Fecha: 09-Sep-2020

i)

Daniel Huaynoca Villca, Juez del Tribunal de Sentencia Penal Cuarto del departamento de La Paz, mediante informe escrito presentado el 29 de noviembre de 2019, según consta a fs. 79 y vta., señaló que: i) De la lectura del petitorio de la presente acción de defensa, se tiene que la misma se “acciona” contra el Juez Rolando Soliz Plata; por lo que, la misma no estaría dirigida contra su persona; ii) En audiencia de juicio oral del “19” de septiembre de igual año, ante la inasistencia de la solicitante de tutela, su defensa técnica simplemente informó que no le hubiesen dado permiso en su trabajo, no obstante que ésta tuvo tiempo suficiente para justificar su ausencia o pedir el permiso correspondiente, es así que su autoridad dio el consentimiento y voto para el Auto 195/2019; iii) La accionante tenía el derecho de justificar su inasistencia tal cual dispone el art. 88 del CPP, pero no hizo uso de ello; y, iv) Con relación a las demás actuaciones, ya es responsabilidad de la Jueza que funge como Presidenta del referido Tribunal, en la causa, quien tiene las facultades de dirección y disposición conforme a los arts. 338 y 339 del adjetivo penal; razón por la que, desconocía si en el proceso existía una justificación o no, en apego a los arts. 88 y 91 del precitado cuerpo legal, o si se hubiera agotado el principio de subsidiariedad.