SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0423/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0423/2020-S2

Fecha: 14-Sep-2020

Fragmento 5

Caly Erika Barrancos Rojas, Jueza de Instrucción Penal Decimosexta de la Capital del departamento de Santa Cruz, remitió informe escrito, cursante de  fs. 107 a 108, mediante el que solicitó se deniegue la tutela, en mérito a los siguientes argumentos: 1) No existió vulneración alguna, en razón a que el accionante fue detenido el 21 de octubre de 2019, desde ese momento hasta la fecha de interposición de la acción tutelar no pasaron más de cuarenta y cinco días, tomando en cuenta que por la situación que atravesó el país, las actividades se paralizaron por veintiún días, situación que impidió a todos los administradores de justicia cumplir las labores constitucionales establecidas en la ley; 2) En observancia del art. 20 del mencionado Tratado, al no haberse cumplido los plazos, el Estado requirente puede solicitar una ampliación de quince días; 3) La acción formulada carece de fundamentación, toda vez que no existió vulneración del derecho a la libertad, al no haber una privación ilegal de la misma; y, 4) Respecto al infundado recurso de reposición, el mismo fue resuelto conforme a ley, al no haberse cumplido los requisitos mínimos previstos por el art. 402 del CPP.