SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0442/2020-S4
Fecha: 16-Sep-2020
Fragmento 13
El accionante alega que se vulneró su derecho a la libertad vinculado con sus derechos a la vida y la salud; toda vez que, interpuso ante la autoridad jurisdiccional ahora demandada, las excepciones de inhibitoria y de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, para el efecto solicitó a dicha autoridad que requiera los antecedentes del proceso al Juez de Sentencia Penal Octavo del departamento de La Paz; sin embargo, el Juez demandado a través de un decreto señaló que acuda a la autoridad llamada por ley que asumió competencia en este caso, sin tomar en cuenta que las excepciones deben ser tramitadas y resueltas por el Juez que conoció la imputación, es decir el Juez ahora demandado, conforme a la Ley 1970; en consecuencia, no adecuó su accionar a los parámetros de la jurisprudencia constitucional que estableció la tramitación de excepciones y la referente a la efectivización de oficios para acreditar su estado de salud, generando una dilación indebida.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- si como señala el mismo impetrante el actual Juzgado 8º de Sentencia Penal de La Paz, a fs. 14868 dispuso… de lo que se establece que la mencionada autoridad jurisdiccional SI asumió conocimiento de la presente causa, debiendo el accionante realizar sus petitorios ante la descrita autoridad jurisdiccional
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- I.2.4. Intervención de los Terceros intervinientes
- Fragmento 8
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- Fragmento 13
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la protección del derecho a la vida en acción de libertad
- en última instancia, asegurar el derecho a la vida
- III.2. El derecho a la salud
- En lo principal y otrosí 2 y 5.-
- “a la oficina con noticia de partes y fiscal; alternativamente acumúlese a obrados”
- Toda persona que considere que su vida está en peligro
- REVOCAR