SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0442/2020-S4
Fecha: 16-Sep-2020
III.2. El derecho a la salud
La SCP 0112/2014-S1 de 26 de noviembre, precisó que: “Uno de los fines del Estado, es garantizar el bienestar las personas, lo que se traduce en el reconocimiento del derecho no sólo a la vida sino también a la salud; así, en el ámbito de los instrumentos internacionales sobre derechos humanos, el art. 25.I de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH), señala que: ‘Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios…’.
En relación a este derecho, si bien el mismo no encuentra protección como un derecho autónomo a través de la acción de libertad, sí lo hace cuando se halla relacionado directamente con el peligro de muerte o riesgo de vida, por cuanto, como se dijo, el derecho a la salud respecto al derecho a la vida, se encuentra intrínsecamente ligado, por cuanto: ‘La salud reviste la naturaleza de derecho fundamental merced a su relación innegable con el derecho a la vida. La vinculación entre el derecho a la vida y el derecho a la salud se aprecia con absoluta claridad, ya que la presencia de una patología de tal magnitud como las enfermedades terminales, por ejemplo, además de conducir a la muerte, desmejora la calidad de vida durante el tiempo al que todavía pueda aspirarse’”.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- si como señala el mismo impetrante el actual Juzgado 8º de Sentencia Penal de La Paz, a fs. 14868 dispuso… de lo que se establece que la mencionada autoridad jurisdiccional SI asumió conocimiento de la presente causa, debiendo el accionante realizar sus petitorios ante la descrita autoridad jurisdiccional
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- I.2.4. Intervención de los Terceros intervinientes
- Fragmento 8
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- Fragmento 13
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la protección del derecho a la vida en acción de libertad
- en última instancia, asegurar el derecho a la vida
- III.2. El derecho a la salud
- En lo principal y otrosí 2 y 5.-
- “a la oficina con noticia de partes y fiscal; alternativamente acumúlese a obrados”
- Toda persona que considere que su vida está en peligro
- REVOCAR