SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0446/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0446/2020-S4

Fecha: 16-Sep-2020

cuando la Convención se refiere al derecho de toda persona a ser oída por un ʽjuez o tribunal competente’ para la ʽdeterminación de sus derechos’, esta expresión se refiere a cualquier autoridad pública, sea administrativa, legislativa o judicial, que a través de sus resoluciones determine derechos y obligaciones de las personas

En relación a la importancia del derecho a ser escuchado en un proceso judicial o administrativo, la Sentencia de 31 de enero de 2001, emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en el caso Tribunal Constitucional Vs. Perú, en interpretación de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), sostuvo que: “…cuando la Convención se refiere al derecho de toda persona a ser oída por un ʽjuez o tribunal competente’ para la ʽdeterminación de sus derechos’, esta expresión se refiere a cualquier autoridad pública, sea administrativa, legislativa o judicial, que a través de sus resoluciones determine derechos y obligaciones de las personas. Por la razón mencionada, esta Corte considera que cualquier órgano del Estado que ejerza funciones de carácter materialmente jurisdiccional, tiene la obligación de adoptar resoluciones apegadas a las garantías del debido proceso legal en los términos del artículo 8 de la Convención Americana” (el resaltado nos pertenece).