Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0460/2020-S1
Fecha: 08-Sep-2020
i)
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos, a la libertad y a la defensa; toda vez que, la autoridad judicial demandada llevó a cabo la audiencia de apelación incidental sin la presencia de su abogado, tampoco designó defensor de oficio, habiendo declarado de manera ilegal la admisibilidad de la apelación e improcedente la misma al no haberse expresados agravios; y, en consecuencia, confirmó la resolución de primera instancia; por lo que, solicita se conceda la tutela, i) Se deje sin efecto el Auto de Vista 623/2019 de 23 de diciembre; y, ii) Señale inmediatamente una nueva fecha y hora para sustanciar audiencia de apelación incidental contra la Resolución 026/2019.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad judicial demandada
- concedió en parte
- 1)
- II.1.
- i)
- a)
- III.1. El derecho a la defensa técnica en las audiencias de medidas cautelares
- contar con un tiempo razonable para preparar la defensa; a la comunicación privada con su defensor
- Fragmento 10
- III.2. La audiencia de medidas cautelares en apelación y la defensa técnica
- Si el defensor, de manera injustificada, no comparece a la audiencia o se retira de ella, se considerará abandono malicioso y se designará un defensor estatal o de oficio
- III.3. Análisis del caso concreto
- ii)
- derecho a la defensa
- Fragmento 16
- defenderse personalmente o ser asistida por un defensor de su elección