Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0460/2020-S1
Fecha: 08-Sep-2020
ii)
ii) Que, la Vocal de la Sala Penal Segunda del Tribunal departamental de Justicia de La Paz, una vez notificada con la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, fije inmediatamente nueva fecha y hora de audiencia de consideración de apelación, tomando en cuenta los fundamentos desarrollados en la misma; salvo que, la indicada audiencia ya se hubiera llevado a cabo, garantizando el derecho a la defensa técnica del imputado.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad judicial demandada
- concedió en parte
- 1)
- II.1.
- i)
- a)
- III.1. El derecho a la defensa técnica en las audiencias de medidas cautelares
- contar con un tiempo razonable para preparar la defensa; a la comunicación privada con su defensor
- Fragmento 10
- III.2. La audiencia de medidas cautelares en apelación y la defensa técnica
- Si el defensor, de manera injustificada, no comparece a la audiencia o se retira de ella, se considerará abandono malicioso y se designará un defensor estatal o de oficio
- III.3. Análisis del caso concreto
- ii)
- derecho a la defensa
- Fragmento 16
- defenderse personalmente o ser asistida por un defensor de su elección