SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0481/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0481/2020-S4

Fecha: 22-Sep-2020

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 29 de septiembre de 2006, adquirió el terreno P.1.47, manzana 1, lotes 1 y 2 ubicado en el Parque Industrial de Santa Cruz de la Sierra, con una superficie de 2 003.67 m², mediante documento de transferencia de posesión y mejoras suscrito con Dietter Antelo Aguilera, quien a su vez derivó su derecho de María Luisa Vaca de Callau propietaria de la “Barraca y Carpintería El Sol” quien se había adjudicado el mismo del Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz mediante Instrumento Público 477/97.

Habiendo vuelto al país luego de diez años, María Luisa Vaca de Callau, a fin de apoderarse del señalado predio, interpuso de mala fe un proceso civil ordinario contra Dietter Antelo Aguilera, logrando obtener un mandamiento de desapoderamiento del predio, mismo que fue ejecutado –el 13 de julio de 2016– cuando venía desarrollando actividad productiva en el referido lote en el cual había realizó mejoras, construido edificaciones e instalado maquinaria.

En tales antecedentes, solicitó al Director de Industria y Comercio de la referida entidad Departamental, que se resuelva el contrato de adjudicación contenido en el Instrumento 477/97 y que una vez resuelto se le adjudique el predio; siendo rechazada su pretensión por Oficio DIC-PI/SSM 517/2018 de 3 de septiembre, en el que se establece erradamente que no existe causal de resolución de la adjudicación al no haberse  comprobado la existencia de deudas pendientes de la adjudicataria y que respecto a su pedido de adjudicación, hubiera vencido el plazo para presentar solicitudes.