SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0500/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0500/2020-S3

Fecha: 21-Sep-2020

i)

Nicolás Herrera Barca, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Entre Ríos del departamento de Tarija, a través de sus representantes legales mediante informe presentado el 26 de noviembre de 2019, cursante de fs. 17 a 20 vta., manifestó que: i) Las accionantes no tienen vínculo familiar ni consanguíneo con Eliodoro Grimaldo Campero, lo que ocasiona que no cuenten con la legitimación activa para interponer la presente acción tutelar; ii) Una vez notificadas con el Informe Legal 193/2019 de 11 de julio, las accionantes podían hacer uso de los recursos que la ley les franquea, como el recurso de revocatoria, y agotado el proceso administrativo, recién acudir a la acción de amparo constitucional; y, iii) Las peticiones de las accionantes fueron respondidas de manera oportuna; empero, presentaron una nueva Nota reiterando su solicitud de fotocopias legalizadas del código catastral PCM 0000183/01, con palabras injuriosas a los abogados de la Unidad Jurídica de esa entidad municipal, otorgándole un plazo de veinticuatro horas para extender las fotocopias legalizadas solicitadas que ya fueron entregadas a la coaccionante el 26 de septiembre de 2019.