Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0500/2020-S3
Fecha: 21-Sep-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Las accionantes denuncian la vulneración de su derecho de petición; puesto que el Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Entre Ríos del departamento de Tarija no otorgó respuesta alguna a su requerimiento de 12 de septiembre del 2019, de entrega de fotocopias legalizadas de la documentación del fólder con el código catastral PCM 0000183/01, pese a su reiteración de 18 de noviembre del mismo año, habiendo transcurrido ya dos meses -hasta la fecha de interposición de la presente acción tutelar- desde su primera solicitud.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1.
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- en caso de corregirse o enmendarse cualquier situación fáctica que configure los elementos esenciales de la pretensión del amparo, evidentemente desaparece el objeto de la tutela y por tanto, es plenamente aplicable la teoría del hecho superado
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR