SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0510/2020-S4
Fecha: 29-Sep-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante, a través de su representante sin mandato, denuncia la lesión de los derechos a la libertad física, al debido proceso, a la defensa, a la celeridad procesal y a la impugnación; toda vez que, la Jueza demandada suspendió en forma reiterada las diferentes audiencias señaladas para la consideración de su solicitud de cesación a la detención preventiva, con el argumento de estar pendiente de resolución la apelación incidental que interpuso contra la Resolución que dispuso su detención preventiva y que no fue remitida por el Juzgado a cargo de control jurisdiccional de la etapa investigativa, por encontrarse de vacación; suspensiones asumidas, sin tomar en cuenta que la falta de resolución a dicha apelación, es una situación fuera del control de las partes.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- mientras no exista un desistimiento o renuncia expresa al recurso de alzada presentado por el agraviado, al órgano jurisdiccional no le cabe la posibilidad de atender una nueva petición de cesación a la detención preventiva, cuando la primera aún no fue resuelta, porque significaría restarle competencia a la instancia revisora. En consecuencia, si bien, como se desarrolló en el Fundamento Jurídico III.1, las medidas cautelares tienen el carácter de modificables y por ende
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR