Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0518/2020-S3
Fecha: 24-Sep-2020
acción de libertad
En revisión la Resolución de 17 de enero de 2020, cursante de fs. 63 a 69 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Victoria Beatriz Álvarez Barral en representación sin mandato de Marvell José María Leyes Justiniano contra Patricia Torrico Ortega, Vocal de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- valor que se otorga a los medios de prueba
- toda autoridad que dicte una resolución, debe
- la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo.
- La congruencia fue definida como un principio normativo que limita facultades resolutorias del juez, por el cual debe existir identidad entre lo resuelto y controvertido, oportunamente, por los litigantes, y relación con los poderes atribuidos en cada caso al órgano jurisdiccional por el ordenamiento jurídico, con la finalidad de que exista identidad jurídica entre lo resuelto y lo pretendido
- Fragmento 14
- CONFIRMAR