Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0518/2020-S4
Fecha: 29-Sep-2020
II.6.
II.6. Consta acta de audiencia de 20 de noviembre de 2018, en la que se dispuso la suspensión de la misma, debido a la ausencia de los abogados de los imputados, habiendo sido señalada nueva fecha para el 24 de enero de 2019 a las 08:50, verificativo que tampoco fue llevado a cabo por motivos atribuibles a la parte imputada; por lo que, se dispuso audiencia para el 27 de febrero de igual año a las 08:50 (fs. 102 y vta.; y, 110 a 111).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- concedió
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- II.10.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- explicará de manera clara y sustentada en derecho, los motivos que lo llevaron a tomar una decisión; argumentación que deberá seguir un orden coherente respecto a los hechos demandados y exponer con puntualidad los elementos jurídico-legales que determinaron su posición
- Fragmento 17
- III.2. Análisis en el caso concreto
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- CONFIRMAR