En revisión la Resolución 005/2019 de 10 de enero, cursante de fs. 134 a 138, pronunciada dentro de la
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

En revisión la Resolución 005/2019 de 10 de enero, cursante de fs. 134 a 138, pronunciada dentro de la

Fecha: 20-Ene-2021

Fragmento 25

En el caso concreto, las autoridades hoy accionadas apartándose completamente de los acontecimientos que precedieron a la renuncia de la accionante, en la Resolución Municipal 032/2018 declararon la ausencia temporal alegando supuestas omisiones de sus funciones y responsabilidades sin que se haya comprobado las mismas en la instancia jurisdiccional o administrativa para asumir dicha determinación, pretendiendo suplir esa deficiencia con la Resolución 003/2018 emitida por el Magno Ampliado Ordinario de la Central Agraria Tupak Katari y Bartolina Sisa, por el cual ante el incumplimiento a sus funciones, debía dejar de inmediato el cargo y asumir el mismo el ahora tercero interesado; empero, revisada la citada Resolución se constata que pidieron a la accionante que deje el cargo de manera definitiva, no por incumplimiento de sus funciones sino por desconocimiento del compromiso asumido con las autoridades sindicales y con el hoy tercero interesado. Asimismo, las propias autoridades ahora accionadas al momento de prestar su informe oral en la audiencia de consideración de esta acción de defensa reconocieron dicho extremo manifestando que el proceso administrativo interno no era posible debido a que la accionante fungía como Presidenta de la Comisión de Ética del ente deliberante del Gobierno Autónomo Municipal de Sica Sica del departamento de La Paz, pretendiendo justificar así que después de aplicada la sanción de suspensión del cargo por ausencia temporal en la Resolución Municipal 032/2018, el 6 de julio de 2018, recién iniciaron el proceso administrativo interno contra la accionante por considerar que incurrió en incumplimiento a los deberes y obligaciones que se encuentran establecidos en los Reglamentos Internos del Concejo Municipal de dicha institución municipal, leyes y decretos supremos, siendo admitido por la indicada Comisión de Ética el 10 de julio de 2018.