SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2021-S3

Fecha: 20-Ene-2021

ii)

En el Considerando II del Auto de Vista 209/2019, los Vocales accionados previo al ingreso del análisis del único agravio expresado en alzada, sostuvieron que de la revisión del testimonio de apelación incidental, la solicitud de audiencia de cesación de detención preventiva fue planteada acorde a la previsión del art. 239.1 del CPP, presentando elementos de convicción a objeto de enervar el riesgo procesal inserto en el art. 235.2 del citado Código, correspondiendo al Tribunal de alzada verificar si dichas pruebas resultaban suficientes para desvirtuar el motivo que fundó la medida de extrema ratio vinculado al referido peligro de obstaculización; a cuyo efecto, se remitieron al contenido de la imputación formal donde se sostuvo que el mencionado riesgo procesal concurriría debido a que el encausado estando en libertad influiría negativamente sobre la víctima menor de edad, su madre, funcionarios policiales y otros, a mérito de que realizó amenazas con relación a los mismos, causándoles temor; en tanto que en la Resolución primigenia de medidas cautelares se habría razonado que en el caso la víctima es una menor de quince años, perteneciendo a un grupo vulnerable, no solo por ese aspecto, sino por tratarse de una mujer y ser del área rural, mereciendo una protección reforzada por parte del Estado, teniéndose así por acreditado que el imputado estando en libertad podría influir negativamente en la misma y en su entorno familiar, entre ellos la denunciante que es su progenitora, debiendo en consecuencia vincularse las pruebas con dicho razonamiento.