Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2021-S2
Fecha: 15-Mar-2021
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
Mediante decreto constitucional de 2 de diciembre de 2020, cursante a fs. 64, se dispuso la suspensión del plazo para la emisión de la correspondiente resolución a objeto de recabar documentación complementaria; habiéndose obtenido la misma, se reanudó el cómputo del plazo, a partir de la notificación con el decreto constitucional de 2 de marzo de 2021 (fs. 79); por lo que, la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, es pronunciada dentro de término legal.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Fundamentación y motivación de la resolución emitida en alzada que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar
- Tribunal de apelación
- la exigencia de pronunciar una resolución motivada
- la fundamentación de las resoluciones judiciales no sólo es exigible al momento de disponer la detención preventiva, sino también cuando se rechaza la solicitud de cesación de la detención preventiva
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15
- i)
- ii)
- b)
- c)
- CONFIRMAR