SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2021-S3

Fecha: 29-Mar-2021

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra su persona por la presunta comisión del delito de violación de infante, niña, niño o adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 Bis del Código Penal (CP), el 28 de mayo de 2020, fue notificado con los Autos 01/2020 de 6 de enero y de 25 de mayo de ese año; por lo que dentro de plazo, el mismo día vía buzón judicial solicitó “la complementación” -se entiende al Auto 01/2020- conforme al art. 125 del Código de Procedimiento Penal (CPP).

El 28 de mayo de 2020, pidió “requerimientos fiscales” que no fueron atendidos y solicitó su traslado al municipio de Guanay del departamento de La Paz, el cual no fue permitido con el fundamento de la emergencia sanitaria por el Coronavirus (COVID-19) y el distanciamiento social, a pesar de la existencia de una normativa de teletrabajo y comunicación telemática, conforme a la “SC 001/2020” emitida por el Juez de garantías de San Ignacio de Moxos. Además, en dicho escrito denunció la vulneración de sus derechos a la libertad y a la salud, al existir varios petitorios que no fueron “despachados”.